La ley del 'solo sí es sí' deja a 13 agresores fuera de la cárcel y 148 reducciones de condena en la Comunitat
La Audiencia de Alicante ha acordado 55 reducciones de condena en virtud de la aplicación de esta norma y 3 excarcelaciones.
9 junio, 2023 15:52La aplicación de la conocida y polémica ley del 'solo sí es sí' ha supuesto desde su entrada en vigor y hasta el pasado 1 de junio un total de 148 reducciones de condena a agresores sexuales condenados y 13 excarcelaciones en la Comunidad Valenciana.
Así lo han detallado este viernes desde el Consejo General del Poder Judicial, que ha explicado que los tribunales han acordado en toda España al menos 1.127 reducciones de pena y 115 excarcelaciones en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha acordado 7 reducciones de condena por este tipo de delitos en las tres provincias.
Por provincias, la Audiencia de Alicante ha acordado 55 reducciones de condena en virtud de la aplicación de esta norma y 3 excarcelaciones.
En cuanto a la Audiencia Provincial de Valencia, ha llevado a cabo un total de 193 revisiones con 55 reducciones de condena y 5 excarcelaciones.
Además, en Castellón se han revisado 54 casos en la Audiencia Provincial, que han supuesto 31 reducciones de condena y 5 excarcelaciones, además de que actualmente hay 5 revisiones más en trámite.
Aviso del CGPJ
Por otro lado, el Consejo General del Poder Judicial ya avisó de que, "para la correcta interpretación de los datos", debe tenerse en cuenta que estos anteriormente citados responden a reducciones de pena, absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022 hasta la reflejada como “fecha de actualización”.
"Las absoluciones comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022", añaden estas fuentes.
En la estadística, el CGPJ ha incluido el porcentaje que suponen las revisiones a la baja de las condenas inicialmente impuestas respecto del total de sentencias que han sido objeto de revisión "sólo en aquellos territorios que han comunicado el dato".
Con respecto a los datos sobre las Audiencias Provinciales "corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas sentencias de instancia dictadas en relación con hechos ocurridos antes de la entrada en vigor" de la LO 10/2022 en las que se ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.
También es importante recordar que los datos sobre los Tribunales Superiores de Justicia corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados bien contra sentencias de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias Provinciales en el trámite de revisión de penas.
Por último, el CGPJ también avisa de que los datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, "ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales" .