La Audiencia Provincial de Alicante ha suspendido sine die por orden del Tribunal Constitucional la repetición del juicio con jurado por el crimen de la viuda del que fuera presidente de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), que debía celebrarse entre los días 3 y 25 de mayo de este año.
Así se recoge en una providencia dictada este miércoles por el magistrado presidente de este Tribunal del Jurado y que ha sido notificada ya a las partes personadas en el procedimiento.
El magistrado de la Audiencia alicantina ha tomado esta decisión en aplicación de una providencia dictada este martes, 25 de abril, por el Tribunal Constitucional, en la que se acuerda la suspensión cautelar del señalamiento del juicio oral en el marco de un recurso de amparo presentado por el acusado del asesinato, que era yerno de la víctima.
Este crimen se produjo el 9 de diciembre de 2016 en un concesionario de coches ubicado en la ciudad de Alicante. La Audiencia Provincial celebró un primer juicio con jurado por estos hechos en 2019 y absolvió al acusado tras el veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado popular.
La sentencia fue confirmada en apelación por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en marzo de 2020.
Sin embargo, en mayo del pasado año, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estimó un recurso de casación presentado por la acusación particular, que ejerce un hijo de la fallecida.
El Supremo anuló la sentencia absolutoria y ordenó celebrar un nuevo juicio al entender que se había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente por la destrucción de un acta que recogía un primer veredicto del jurado popular.
[Posponen el juicio por el crimen del caso Sala al no localizarse a los miembros del jurado popular]
Sin embargo, el yerno de la víctima presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional al considerar que la repetición del juicio podía vulnerar su derecho a la presunción de inocencia, teniendo en cuenta que los argumentos para la repetición del juicio son por causas ajenas a su defensa.
La decisión del Constitucional, adelantada por el diario El País, otorga una "especial trascendencia" al asunto, y deja en suspenso el juicio que debía empezar a celebrarse el próximo 3 de mayo hasta que se tome una decisión sobre el recurso de amparo.
Asimismo, otorga una "urgencia excepcional" al aplazamiento del juicio (que finalmente se ha producido este miércoles) ya que, de seguir adelante, podría producirse un "perjuicio de imposible o muy difícil reparación".