En los últimos tiempos no es infrecuente escuchar, como argumento para una decisión política controvertida, que una propuesta legislativa está justificada por una normativa, real o ficticia, aprobada en Estrasburgo por el Parlamento Europeo o en Bruselas por la Comisión Europea.

"Lo ha dicho Europa" es también argumento falso frecuentemente esgrimido cuando en una discusión cotidiana se precisa sustentar un razonamiento carente de premisas suficientemente sólidas.

Europa, la diosa mitológica griega por la que Zeus se transformó en un toro, nunca "llegó a hablar" tanto como recientemente se le atribuye, e igualmente no existen tantas normas o directivas europeas como actualmente se invocan para sustentar la toma de decisiones políticas.

Es cierto que cuando se aduce que una normativa europea apoya una toma de decisiones políticas, frecuentemente el "complejo de ignorancia", al pensar que "la normativa existe, pero yo la desconozco", hace que frecuentemente el falso argumentador venza a corto plazo en la discusión por el silencio del interlocutor. Debemos admitir que el ciudadano de a pie de nuestro país mayoritariamente desconoce normativas y legislaciones europeas; y las decisiones políticas provenientes del marco europeo suelen interesar poco a la población general.

Ejemplo paradigmático de este tipo de argumentación falaz es la invocación de la Directiva (UE) 2018/958 europea para sustentar la publicación de un Real Decreto por la cual la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) obtiene la potestad de evaluar los códigos de deontología profesional en España, incluido el código de deontología médica.

Aunque es cierto que en el año 2005 el Parlamento Europeo estableció la obligación de los Estados miembros de evaluar la proporcionalidad de los requisitos que limitan el acceso a las profesiones reguladas o su ejercicio, no es menos cierto que en ningún apartado de la Directiva (UE) 2018/958 del Parlamento Europeo relativa al Test de Proporcionalidad se hace mención a la revisión y control de los códigos de deontología.

No es posible encontrar en dicho documento ninguna referencia a la deontología de las profesiones, y mucho menos al control de la deontología de los profesionales.
La Organización Médica Colegial de España, como corporación de derecho público, tiene el deber de cumplir las funciones establecidas por la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, así como sus propios Estatutos, de los cuales derivan obligaciones como el desarrollo de un código de deontología profesional y la vigilancia del cumplimiento riguroso de las obligaciones deontológicas de los médicos colegiados.

El código de deontología médica de la Organización Médica Colegial, de profunda y larga tradición, está sustentado en los principios universales de la medicina, y la versión actual del código es fruto de un intenso y largo proceso deliberativo y democrático y se encuentra en permanente actualización. No han sido necesarios requerimientos legales para que las primeras normas de deontología de los médicos en España, elaboradas en el año 1978, hayan sido revisadas y actualizadas, sino que lo han sido a iniciativa de la propia Organización Médica Colegial de España.

Resulta por tanto perturbador el intento del control ético y deontológico de los colegios profesionales, y mucho más el otorgar ese control a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de reconocida animosidad hacia los colegios profesionales, como quedó de manifiesto en el informe elaborado por la misma y en el que afirmaba que "Los colegios no deberían ser considerados como autoridades competentes para la regulación, ya que no pueden elaborar ni aprobar la regulación propia de la profesión a la que representan".

Ciudadanos y corporaciones profesionales debemos poner en su justo valor las directivas europeas; el desconocimiento de algunas de estas normativas no debería ser óbice para la transposición a nuestro marco nacional. Sin embargo, ello tampoco debería ser argumento suficiente ni para la sumisión ética ni para la falta de razonamiento cuando en discusiones y argumentaciones se recurre de manera falsa o adulterada a la expresión de "lo ha dicho Europa".